Procedimiento
Los investigadores de la UMH están obligados a comunicar a la universidad la obtención de resultados susceptibles de protección, que surjan como consecuencia de la realización de sus actividades de investigación, tanto financiada con fondos públicos como con fondos privados. Recibida la comunicación se examinan tanto los aspectos formales como los de fondo y se comienzan los trámites de protección de los mismos.
PROCEDIMIENTO A SEGUIR
PROPIEDAD INDUSTRIAL
- Comunicación de resultados a la OTRI
- Comunicación a la Comisión Delegada del Consejo de Gobierno en materia de Propiedad Intelectual e Industrial
- Preparación de memoria y presentación de solicitud de patente
- Acciones de seguimiento
- Comunicación de posibilidad de extensión internacional de patente
PROPIEDAD INTELECTUAL
- Comunicación de resultados a la OTRI
- Comunicación a la Comisión Delegada del Consejo de Gobierno en materia de Propiedad Intelectual e Industrial
- Preparación de la documentación necesaria
- Presentación ante el Registro de la Propiedad Intelectual
- Acciones de seguimiento
PROCEDIMIENTO DE EXPLOTACIÓN
Vista la propuesta que formula la Vicerrectora de Transferencia e Intercambio de Conocimiento de la Universidad, el Consejo de Gobierno, reunido en sesión de 27 de julio de 2015, acuerda aprobar el procedimiento de transmisión de resultados de investigación a empresas de base tecnológica de la Universidad Miguel Hernández, en los términos reflejados a continuación:
- Una vez presentada la solicitud de protección del resultado de investigación ante el Organismo Pertinente, se publicará el resultado de investigación por parte del Servicio de Gestión de la Investigación – OTRI en su página web, así como en la página oficial de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
- La Empresa de Base Tecnológica UMH interesada en un resultado presentará a través de Registro General una manifestación de interés sobre el mismo, dirigida al Vicerrectorado de Investigación e Innovación.
- Dicha manifestación de interés será publicada en el blog del SGI-OTRI durante un plazo de diez días naturales.
- Si en el plazo anteriormente indicado no se presenta ninguna manifestación de interés por parte de otro tercero, el SGI-OTRI comenzará las negociaciones con la empresa de base tecnológica UMH interesada sobre las condiciones del contrato de licencia a suscribir entre las partes.
- En el caso de que se reciba otra/s manifestación/es de interés, se comunicará a los interesados la apertura de un plazo de 10 días naturales para la presentación de sus proposiciones.
- Analizadas las propuestas, se determinará la proposición que resulte más ventajosa, iniciándose desde el SGI-OTRI las negociaciones sobre las condiciones del contrato de licencia.