Ayudas para Incentivar la Consolidación Investigadora 2024
Contratación e incorporación RRHH, Recursos Humanos, RRHH de investigación
28 junio 2024
El objetivo de esta convocatoria es Fomentar la consolidación de la carrera profesional de personas investigadoras nacionales y extranjeras en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI), incentivando la creación de plazas de carácter permanente en las instituciones de adscripción y facilitando el inicio o afianzamiento de una línea de investigación mediante: la financiación de un proyecto propio de I+D, la adecuación y renovación de los espacios y laboratorios y la mejora de los equipos necesarios para su ejecución.
El plazo de ejecución de las actuaciones será de 2 años.
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo Entidad Financiadora: del 3 al 23 de julio de 2024, a las 14:00h (hora peninsular)
Plazo INTERNO SGI-OTRI:
– Para la remisión de expresión de interés: hasta el 1 de julio de 2024.
– Para la presentación de la solicitud en la plataforma del Ministerio: hasta el 18 de julio de 2024 a las 14:00 h.
DOTACIÓN
La cuantía máxima de la ayuda, con carácter general, será de 200.000,00 euros por actuación, donde se incluyen tanto los costes directos como los costes indirectos.
Conceptos elegibles:
a) Costes directos
• El incentivo a la consolidación, por la creación, para su cobertura, de una plaza permanente en el área de conocimiento del/de la IP de la actuación. No podrá superar el 100 % del coste salarial de la plaza permanente correspondiente a una anualidad. (Desde el Servicio de Gestión de la Investigación se proporcionará el coste a los interesados/interesadas que soliciten la ayuda).
• La ejecución del proyecto de I+D+i: contratación de personal, movilidad, fungible, publicaciones, asesoramiento, etc.
• Costes destinados a la adecuación de espacios, renovación de laboratorio y mejora del equipamiento. No podrá superar el 30 % del importe justificado como coste de ejecución del proyecto de I+D+i. (actuación opcional)
b) Costes Indirectos: 21% sobre los gastos directos de ejecución del proyecto más los costes de adecuación de espacios (se excluye el Incentivo a la consolidación).
Con carácter previo a la presentación de la solicitud, el/la IP deberá estar dado de alta en el RUS.
En estos proyectos no existe grupo de investigación ni grupo de trabajo.
CEII UMH: Todos los proyectos han de contar con el informe favorable del CEII de la UMH: Es imprescindible que inicien el trámite con la Oficina de Investigación Responsable (OIR) en fase de solicitud de la ayuda. No se podrá presentar ninguna ayuda que no acompañe dicho informe.
REQUISITOS DEL IP de la ACTUACION, a fecha de inicio de presentación de solicitudes:
• Titulación de doctor o doctora.
• Actividad científico-técnica: Cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
1. Estar en posesión del certificado R3, emitido por la Agencia Estatal de Investigación, independientemente del procedimiento en el que se haya obtenido.
2. Estar en posesión del certificado I3 obtenido, bien tras haber superado la evaluación establecida en el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3).
• No estar ocupando un puesto de trabajo de carácter permanente en la UMH. Tampoco se podrá estar ocupando un puesto de trabajo de carácter permanente en una entidad distinta de la solicitante, si está adscrito nominalmente a la entidad solicitante a través de un convenio general, acuerdo marco de colaboración o documento equivalente, entre la entidad solicitante y dicha entidad.
• No pertenecer a alguno de los cuerpos de funcionarios docentes universitarios de las Universidades públicas, ni ser personal investigador funcionario de carrera al servicio de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, ni estar contratado/a en una Universidad pública española como profesor/a contratado/a doctor/a o profesor/a permanente laboral.
• No haber superado un proceso selectivo o haber resultado propuesto en un concurso para el ingreso o acceso a alguno de los cuerpos, escalas o plazas recogidas en el punto anterior.
REQUISITOS DE VINCULACIÓN DEL IP CON LA ENTIDAD SOLICITANTE:
No será necesaria la misma en el momento de presentar la solicitud ni durante el procedimiento de concesión, pero sí desde, al menos, el inicio del quinto mes de ejecución del proyecto y hasta la finalización del proyecto, admitiéndose, por tanto, la falta de vinculación durante los cuatro primeros meses de ejecución.
INCOMPATIBILIDADES:
- El/la mismo/a IP no podrá figurar en más de una solicitud presentada a esta convocatoria ni figurar como IP en una solicitud de la convocatoria 2024 del programa ATRAE de la Agencia Estatal de Investigación.
- No figurar como IP en una solicitud financiada mediante una convocatoria anterior de esta actuación ni mediante una convocatoria del programa ATRAE de la Agencia Estatal de Investigación.
- No habrá incompatibilidad con la participación en proyectos que hayan obtenido financiación de convocatorias de proyectos de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, del VII Programa Marco de I+D+i, de los Programas Marco de I+D+i Horizonte 2020 y Horizonte Europa o de iniciativas de Programación Conjunta del Espacio Europeo de Investigación, de los Planes Regionales de I+D+i de las Comunidades Autónomas, o de cualquier otra convocatoria, siempre y cuando se respete el límite máximo de horas/año para cada categoría profesional establecido en el convenio laboral o equivalente de la entidad del/de la IP.
PROCEDIMIENTO:
Más información en la Web de la AEI